El inicio de la depreciación anual de un vehículo de transporte usado, deberá considerar los años de vida útil normal que le queden, incluyendo el tiempo de uso realizado por el dueño anterior.
Si el vehículo tiene consumida totalmente su vida útil tributaria y se pretende seguir utilizando en la actividad de transporte, cabe señalar, que para efectos de Depreciación, deberá fijárseles una nueva vida útil, la cual deberá ser estimada en forma prudencial, considerando el estado de conservación o duración en que se encuentre el bien a la fecha de su adquisición y los parámetros que este organismo hay fijado con anterioridad para bienes de similar naturaleza y características. La duración o el estado de conservación del bien, deberá ser acreditado con un informe técnico emitido por terceras personas o bien, solicitar un pronunciamiento a este servicio, aportando los antecedentes técnicos que especifiquen las características del bien.