¿Qué pasa con una Boleta de Honorarios Electrónica si el receptor no confirma la anulación dentro de los plazos establecidos para hacerlo?

Si el receptor no confirma la anulación dentro del mismo año de la emisión hasta el primero de marzo del año siguiente a la emisión, la Boleta de Honorarios Electrónica vuelve a su estado «vigente», por lo tanto, después de ese plazo, no podrá confirmarse su anulación 

¿Qué comunicaciones se generan luego de ingresada una solicitud de anulación de Boletas de Honorarios Electrónica por Internet?

Las comunicaciones que se generan luego de ingresada una solicitud de anulación de Boletas de Honorarios Electrónica por Internet son las siguientes:

· Si se solicita la anulación hasta el día 10 del mes siguiente al mes de la emisión, email al receptor informando la anulación del documento.

· Si se solicita la anulación entre el día 11 del mes siguiente al mes de la fecha de la boleta y hasta el primero de marzo del año siguiente a la emisión, email al receptor informando que se ha solicitado la anulación de la boleta, y que debe confirmar o rechazar la anulación para completar el proceso, de lo contrario la boleta permanece vigente.

· Dado que no es posible solicitar la anulación por Internet después del primero de marzo del año siguiente a la emisión, el emisor debe presentar esta solicitud en la oficina del SII que le corresponde a su domicilio, la que se someterá a la revisión y fiscalización necesaria para determinar que efectivamente corresponde efectuar la anulación. Al anular la boleta en la oficina del SII se genera un email al receptor para informar la anulación.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *