Sí, los servicios o asesorías prestados por un empresario individual o por una empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL), se encontrarán gravados con IVA, a partir del 1 de enero de 2023, a menos que sea aplicable alguna de las exenciones establecidas en los artículos 12 y 13 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios o en algún otro cuerpo legal.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, Normativa y legislación, opción Circulares, Circular N° 50, de 2022