Las características del contrato de trabajador/a de casa particular son:
– El contrato debe ser escriturado por el empleador dentro de los 15 días siguientes a la incorporación del trabajador/a a sus labores. Pasado este plazo, se multará al empleador(a) y se presumirá legalmente que son estipulaciones del contrato aquellas que declare el trabajador/a.
– El contrato deberá ser firmado por ambas partes quedando un ejemplar para el empleador/a y uno para el trabajador/a.
– El empleador debe registrarse en el sitio web de la Dirección del Trabajo. Se le asignará una clave vía correo electrónico para hacer el Registro de Contrato de Trabajadora de Casa Particular, donde consignará las mismas clausulas del contrato.