¿Qué declaraciones Juradas se crean a contar del año tributario 2023?

A contar del año tributario 2023, se crea la “Declaración Jurada Anual sobre bienes físicos del activo inmovilizado e ingresos operacionales de proyectos de inversión (contribución para el desarrollo regional)”, contenida en el Formulario N° 1953, cuyo formato e instrucciones de llenado se contienen en los Anexos N° 1 y N° 2 de la Resolución Exenta Nº 75, de 2022.

Tratándose de proyectos que se encuentren exentos de la contribución para el desarrollo regional en conformidad con el inciso final del artículo 1° del artículo trigésimo segundo de la Ley N° 21.210, no deberán presentar la señalada declaración jurada.

Asi mismo, para el año tributario 2023 se crea la «Declaración jurada anual sobre Reporte de Saldos y Sumas de Abonos de Cuentas Finacieras», correspondiente al formulario N° 1955, cuyo formato e instrucciones de llenado se encuentran en los anexos N°s 1 y 2 de la Resolución Exenta N° 113,  de 2022.

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