
¿Es obligación del empleador pagar la sala cuna que utiliza la trabajadora y que no corresponde a la que él designó?
De conformidad con lo establecido en el artículo 203 del Código del Trabajo, el empleador
contacto@riveracapacita.cl
De conformidad con lo establecido en el artículo 203 del Código del Trabajo, el empleador
Según lo establecido en el artículo 203 del Código del Trabajo, el empleador que ocupa
En lo que concierne a la distancia que debe existir entre una sala cuna y
De conformidad con lo establecido en el artículo 203 del Código del Trabajo, el empleador
No hay normas especiales para este tipo de trabajadores, es decir la regla general es
No hay diferencias desde un punto de vista jurídico-laboral entre trabajador extranjero regular e irregular,
Permite trabajar sólo con un empleador. El cambio de empleador significa costo adicional. No permite
Sin perjuicio de las medidas que adopte el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio
El empleador que contrata a trabajadores extranjeros en situación migratoria irregular es considerado infractor a la
Desde el punto de vista previsional los trabajadores extranjeros que laboran en Chile se encuentran
© 2022 Todos los Derechos Reservados por Rivera Capacita | Sitio realizado por Minitiva.