El empleador debe cumplir con las prescripciones que le imparta el organismo administrador respecto a las medidas de prevención que debe implementar en el lugar de trabajo. Además, los trabajadores/as afectados de alguna enfermedad profesional deberán ser trasladados/as, a otras faenas donde no estén expuestos/as al agente causante de la enfermedad, sin desmedro de las remuneraciones que percibían previo a su diagnóstico.