
¿Puede incluirse los gastos de alimentación y/o alojamiento como parte de la remuneración?
El artículo 151 del Código del Trabajo dispone que: «»La remuneración de los trabajadores de
contacto@riveracapacita.cl

El artículo 151 del Código del Trabajo dispone que: «»La remuneración de los trabajadores de

En relación a esta materia, la Dirección del Trabajo ha señalado que, si bien la