En el caso de que el banco emisor de la tarjeta clonada «rechace» y/o «reverse» el pago efectuado con la misma, legalmente la declaración impositiva se considera como no presentada y el impuesto respectivo como moroso. Para sanear su situación, deberá presentar la declaración respectiva y pagar el impuesto correspondiente, con los intereses y multas que procedan por la mora en el pago.