¿Qué personas tienen derecho al beneficio tributario de los intereses por Dividendos Hipotecarios con garantía hipotecaria?

Tienen derecho al beneficio tributario de los intereses por Dividendos Hipotecarios con garantía hipotecaria las Personas Naturales afectos al Impuesto Único de Segunda Categoría.

Además, las Personas Naturales afectas al Impuesto Global Complementario, cualquiera que sea el tipo de rentas (efectivas o presuntas) que declaren en la base imponible de dicho tributo.

Puede obtener mayor información relativa al tema en el sitio web del SII, menú Ayuda, Aprenda Sobre, Contribuyentes, Actividades sujetas a regímenes especiales y franquicias, opción Beneficio tributario de rebaja de intereses (art. 55 bis)

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