¿Debo enviar el Resumen de Ventas Diarias (ex Reporte de Consumo de Folios) al SII de las boletas electrónicas?

Sí. Todos los emisores de Boleta electrónica tienen la obligación de enviar el Reporte de Ventas Diarias de acuerdo a lo instruido en la Resolución Exenta del SII N° 74 del 2020. Los usuarios del Sistema de Emisión de Boletas Electrónicas del SII no deben realizar ninguna acción ya que el mismo Sistema realiza este envío en forma automática, por su parte, quienes utilicen un software propio o de mercado para la emisión de boletas electrónicas, dicha aplicación deberá generar y enviar el Resumen de Ventas Diarias al SII.

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