Sí, se pueden modificar registros puntuales, además se puede Limpiar con botón e ingresar íntegramente la Declaración Jurada.
La actualización se realizará periódicamente con los cambios que se generen en la Boletas de Honorario Electrónicas. Sin embargo, usted puede modificar la Declaración Jurada y enviarla para que no tenga que esperar la actualización.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Declaraciones Juradas, opción Información y ayuda.
Tengase presente que a contar del año tributario 2020, se crea el “Registro Anual sobre retenciones efectuadas conforme a los artículos 42 N°2 y 48 de la Ley de Impuesto a la Renta”, materia sobre la cual se instruye en Resolución Exenta N° 14, de 2020