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¿Los trabajadores deben reunir algún quórum para negociar directamente con su empleador un contrato colectivo cuando aquella micro o pequeña empresa se ha negado a negociar con el sindicato interempresa?

Los dependientes afiliados a un sindicato interempresa que han decidido negociar colectivamente como “sindicato de empresa”, una vez que han recibido la negativa de su empleador a negociar con la organización que les representa, deberán reunir, a lo menos, los mismos quórum y porcentajes requeridos para la constitución de un sindicato de empresa o el de un establecimiento de ella. 

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