Las sanciones y condonaciones que corresponden en el PASC a la omisión del aviso dentro del plazo de la pérdida de documentación tributaria son las siguientes:
- Multa de 3 UTM en la primera infracción hasta el máximo legal de 10 UTM que se aplicará a la sexta y sucesivas infracciones.
- La condonación en todas las infracciones será de los 2/3 de la sanción aplicada. Sin perjuicio de lo anterior, la condonación que beneficiará al contribuyente en la sexta infracción y posteriores alcanzará a la cantidad fija de 6 UTM.
