¿Puede dar aviso de Inicio de actividades un extranjero con su visa en trámite y con permiso para trabajar en Chile?

No, un extranjero con su visa en trámite y con permiso para trabajar en Chile no puede dar aviso de inicio de actividades, pues es un requisito básico que el extranjero cuente con una visa que le permita desarrollar actividades en el país. Sólo cuando el extranjero posea su visa y desee realizar actividades distintas a las del artículo N°42 N°1, de la Ley sobre Impuestos de la Renta (empleado dependiente) deberá dar aviso de inicio de Actividades ante el SII.

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