¿Se debe cancelar el impuesto de Timbres y Estampillas si se ha pagado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) al comprar un vehículo a crédito?

El Impuesto de Timbres y Estampillas grava a los documentos que respaldan una operación de crédito de dinero y a aquellos que aparecen contenidos en la ley, tales como las letras de cambio, pagarés, entre otros. Por lo tanto, al comprar un vehículo a crédito, y en cuya operación medie la emisión documentaria antes indicada, corresponderá aplicar y pagar el Impuesto de Timbres y Estampillas.

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