No, una sociedad de capital, como, por ejemplo, una sociedad anónima, sociedad por acciones (SpA) o en comandita por acciones no puede calificar como sociedad de profesionales, ya que el ejercicio de una profesión es un atributo solo de las personas, en consecuencia, para que una sociedad pueda ser calificada como de profesionales es menester que el contribuyente sea una sociedad de personas