No, los créditos hipotecarios que hayan sido novados no tienen derecho a la franquicia tributaria establecida en el artículo 55bis, sobre intereses por dividendos hipotecarios de la Ley sobre Impuesto a la Renta, pues después de ocurrida la novación no se origina un nuevo crédito hipotecario, de acuerdo a lo señalado en Oficio N° 1.640, de 2002, emitido por el Servicio de Impuestos Internos