¿Quién debe hacer la denuncia de una posible enfermedad laboral y en qué plazo?
La entidad empleadora debe denunciar al organismo administrador mediante la Denuncia Individual de Enfermedad Profesional
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La entidad empleadora debe denunciar al organismo administrador mediante la Denuncia Individual de Enfermedad Profesional
La mutualidad (ACHS, IST o MUSEG) o el ISL, según corresponda, deberá brindarle el tratamiento
Sí, se puede reclamar ante la Comisión Médica de Reclamos (COMERE) dentro del plazo de
En el evento que el trabajador presente una incapacidad presumiblemente permanente, y el empleador cotice
El organismo administrador (ISL, ACHS, IST o MUSEG) deberá emitir la correspondiente resolución en cuanto
El organismo administrador correspondiente (ISL, ACHS, IST o MUSEG) debe autorizar la reincorporación del trabajador
La entidad empleadora deberá denunciar al organismo administrador todo accidente que pueda ocasionar incapacidad o
El inciso final del artículo 5° de la Ley N° 16.744 exceptúa de la calificación
Los trabajadores, deben detallar las circunstancias del accidente, precisando día, hora y lugar y acompañar
a. Es obligatorio para las entidades empleadoras y para los trabajadores independientes que obtengan rentas
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